Reforma Ley Concursal

El 1 de abril entró en vigor la reforma de la Ley Concursal tramitada con carácter urgente para adecuar el proceso a la actual situación de crisis.

Los aspectos esenciales de esta reforma son:

  • Se abaratan o suprimen algunos costes derivados del concurso.
  • Se simplifican los trámites en general y, en particular, se crea un proceso especialmente abreviado para empresas cuyo pasivo no supere los 10 millones de euros.
  • Se introduce una obligación alternativa a la de solicitar el concurso en el plazo de dos meses desde la insolvencia: se permite iniciar un proceso de renegociación de deuda, previo informe al juez mercantil, que permite alcanzar un acuerdo durante tres meses sin incurrir en incumplimiento de la obligación de solicitar concurso.
  • Se crea el Registro Público Concursal, para dar publicidad a través de Internet a los concursos de acreedores.
  • Se regulan los acuerdos de refinanciación adoptados antes del concurso, a fin de evitar que sean rescindibles siempre que se adecuen a un plan de viabilidad evaluado por un experto independiente y cumplan todos los requisitos legales que establece la reforma, en aras a la seguridad jurídica.

Sin duda, esta reforma trata de favorecer la utilización del concurso de acreedores para el fin con el que se creó: la reestructuración de la empresa. Resultan especialmente importantes las medidas encaminadas a abaratar costes y simplificar trámites, así como el reforzamiento de la negociación con los acreedores con supervisión del juez. Es de esperar que estas previsiones tengan el calado necesario para que las empresas decidan tomar medidas de reestructuración y adoptar acuerdos con los acreedores antes de que su estado sea demasiado grave. El equipo de IURE Abogados está estudiando en profundidad el texto íntegro de la reforma, con el fin de informar de todos los aspectos relevantes tanto para los deudores como para los acreedores.

PUBLICADO: IURE Madrid valora que la nueva Ley Concursal favorezca la reestructuración de empresas (Invertia, 02-04-09)

BOE: Real Decreto 3/2009

La reforma al detalle

Informe de IURE Abogados sobre la reforma de la Ley Concursal

En el ámbito concursal, la reforma acoge, en gran medida, las principales inquietudes provocadas al sector financiero por la normativa concursal en vigor hasta la fecha, la cual no estará exenta de la correspondiente polémica doctrinal.
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Renegociación de deuda

El 1 de abril entra en vigor la reforma de la Ley Concursal tramitada con carácter urgente para adecuar el proceso a la actual situación de crisis. Sin duda, esta reforma trata de favorecer la utilización del concurso de acreedores para el fin con el que se creó: la reestructuración de la empresa.

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